Además de los aranceles e impuestos, muchas mercancías están sujetas a regulaciones no arancelarias (RRNA) que deben cumplirse antes o durante el despacho aduanero. Las RRNA son requisitos establecidos por diversas dependencias del gobierno mexicano para proteger la salud pública, la seguridad nacional, el medio ambiente, la sanidad animal y vegetal, y los derechos del consumidor.
Normas Oficiales Mexicanas (NOMs)
Las NOMs son regulaciones técnicas obligatorias que establecen características, especificaciones, atributos, métodos de prueba, directrices, etiquetado y requisitos de seguridad que deben cumplir los productos importados para su comercialización en México. Las más comunes para importadores incluyen: NOMs de etiquetado comercial (NOM-004, NOM-050, NOM-051), NOMs de seguridad (NOM-001 para aparatos eléctricos), NOMs de eficiencia energética, y NOMs de información comercial.
Para cumplir con una NOM, generalmente se requiere que un organismo de certificación acreditado verifique que la mercancía cumple con la norma y emita un certificado de conformidad. Este trámite puede realizarse antes de la importación (mediante muestreo del proveedor) o al momento del despacho (verificación en destino). Los costos de certificación varían según la NOM y el tipo de producto, pero pueden oscilar entre $5,000 y $50,000 MXN por certificado.
COFEPRIS: regulaciones sanitarias
La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) regula la importación de alimentos, bebidas, suplementos alimenticios, medicamentos, dispositivos médicos, cosméticos, productos de higiene personal, plaguicidas, sustancias tóxicas y productos biotecnológicos. Para estas mercancías, se requiere un permiso sanitario previo a la importación, que puede tardar de 15 a 90 días en obtenerse.
SENASICA: regulaciones fitosanitarias y zoosanitarias
El Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA) regula la importación de productos de origen animal (carne, lácteos, huevos, miel), productos de origen vegetal (frutas, verduras, granos, semillas), plantas vivas, material genético animal y vegetal, y alimentos para animales. Se requiere un certificado fitosanitario o zoosanitario del país de origen y, en muchos casos, una inspección en el punto de entrada.
El incumplimiento de regulaciones no arancelarias es la segunda causa más frecuente de retención de mercancías en la aduana (después de discrepancias en clasificación). Una mercancía que llega sin el certificado de NOM, sin el permiso de COFEPRIS o sin el certificado fitosanitario puede quedar retenida semanas — generando costos de almacenaje que pueden superar el valor de la propia mercancía.