El despacho aduanero es el conjunto de actos y formalidades que deben realizar los importadores, exportadores y agentes aduanales ante la autoridad aduanera para que las mercancías puedan entrar o salir del territorio nacional. Está regulado por la Ley Aduanera, su Reglamento y las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) que el SAT publica cada año.
En 2026, el despacho aduanero en México ha experimentado cambios significativos con la entrada en vigor de la Mesa de Validación Electrónica (MVE), la actualización de la TIGIE y nuevas disposiciones de la RGCE. Entender el proceso completo es fundamental para cualquier empresa que importe o exporte mercancías.
El proceso inicia con la recopilación de todos los documentos que amparan la operación: factura comercial, documento de transporte (conocimiento de embarque, guía aérea o carta porte), certificado de origen (si aplica tratado), permisos previos, certificados de cumplimiento de NOMs, y la carta de encomienda que autoriza al agente aduanal a actuar en nombre del importador.
Se determina la fracción arancelaria de cada mercancía conforme a la TIGIE. Esta clasificación define el arancel aplicable, las regulaciones y restricciones no arancelarias (RRNA), y los permisos o certificados adicionales requeridos. Un error en esta etapa puede generar multas, recargos o incluso el embargo de la mercancía.
El agente aduanal elabora el pedimento electrónico con todos los datos de la operación: datos del importador, proveedor, mercancía, valor en aduana, fracción arancelaria, régimen aduanero e impuestos a pagar. Este pedimento se transmite al Sistema Automatizado Aduanero Integral (SAAI) y pasa por la prevalidación y, desde abril de 2026, por la Mesa de Validación Electrónica (MVE).
Una vez validado el pedimento, se realiza el pago del Impuesto General de Importación (IGI), el Derecho de Trámite Aduanero (DTA), el IVA de importación, y en su caso, las cuotas compensatorias. El pago se efectúa mediante el sistema de pago electrónico centralizado (PECA).
Tras el pago, el pedimento entra al mecanismo de selección automatizado que asigna aleatoriamente un resultado: desaduanamiento libre (verde) o reconocimiento aduanero (rojo). En caso de resultado rojo, la mercancía será revisada físicamente por la autoridad. Existe también un segundo reconocimiento que puede aplicarse de forma selectiva.
Si el resultado es verde, o si tras el reconocimiento aduanero no se detectan irregularidades, se autoriza el retiro de la mercancía del recinto fiscal o fiscalizado. El importador tiene un plazo máximo para retirar la mercancía antes de que sea considerada abandonada.
Desde abril de 2026, la MVE es obligatoria para todas las operaciones. Si tu pedimento no pasa la validación electrónica, no podrá continuar al pago ni al mecanismo de selección automatizado. Asegúrate de que tu agencia aduanal esté registrada y operando con la MVE.
Un despacho aduanero regular en México tarda entre 1 y 3 días hábiles desde la llegada de la mercancía hasta su liberación. Sin embargo, factores como la falta de documentos, errores en el pedimento, revisiones físicas y contingencias operativas en la aduana pueden extender este plazo. Las agencias que utilizan herramientas digitales reportan tiempos hasta un 40% menores gracias a la automatización de la elaboración de pedimentos y el cumplimiento documental.
“El despacho aduanero eficiente no comienza en la aduana, comienza con la preparación documental. Mientras mejor documentada esté la operación, más rápido será el proceso.”
— Equipo Camtom
Equipo Camtom
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