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  1. Inicio
  2. /Fracciones Arancelarias TIGIE
  3. /2009.41.01

Fracción Arancelaria TIGIE

2009.41.01

Jugo de pina

Capítulo

20 — Preparaciones de hortalizas, frutas u otros frutos

Sección

IV — Productos de las industrias alimentarias

Arancel

20%

Unidad de medida

Lt

Contexto de la industria: Alimentos procesados y bebidas

Los capítulos 16 al 24 cubren preparaciones alimenticias, azúcares, cacao, preparaciones de cereales, preparaciones de hortalizas y frutas, y bebidas alcohólicas y no alcohólicas. Este es uno de los sectores con mayor regulación sanitaria, donde COFEPRIS y la NOM-051 de etiquetado frontal son determinantes para la importación a México. La correcta clasificación arancelaria impacta directamente en los aranceles aplicables, que pueden ir desde 0% bajo tratados hasta más del 20% para productos no preferenciados. Además, México aplica Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) a bebidas azucaradas, alcohólicas y ciertos alimentos de alto contenido calórico.

Regulaciones aplicables

  • NOM-051-SCFI — Etiquetado frontal de alimentos preenvasados
  • COFEPRIS — Registro sanitario y aviso de funcionamiento
  • IEPS — Impuesto especial en bebidas azucaradas y alcohólicas
  • NOM-142-SSA1 — Bebidas alcohólicas: especificaciones sanitarias

Consideraciones para importar

Etiquetado frontal NOM-051 obligatorio (sellos de advertencia)

IEPS adicional en bebidas azucaradas y alcohólicas

Registro sanitario COFEPRIS previo a la importación

Certificado de libre venta del país de origen

Análisis de laboratorio pueden ser requeridos en aduana

Referencia informativa: La información en esta página es una referencia general. Para clasificación arancelaria precisa con razonamiento avanzado de IA, utiliza TariffPro.

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2009.49.992009.11.01

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