La Manifestación de Valor Electrónica (MVE) es el documento mediante el cual el importador declara, bajo protesta de decir verdad, el valor de transacción de las mercancías que importa a México. Su fundamento legal es el artículo 59 fracción III de la Ley Aduanera, que establece la obligación del importador de manifestar el valor en aduana de sus mercancías.
Hasta ahora, la MVE se presentaba en papel o mediante formatos parcialmente digitales. Con la entrada en vigor de la Regla 1.5.1 de las Reglas Generales de Comercio Exterior 2025, la MVE se transforma en un documento 100% electrónico que se transmite a la VUCEM con la e.firma del importador.
Todo importador en México está obligado a presentar la MVE para cada operación de importación. Esto incluye empresas con programa IMMEX, importadores directos, importadores por cuenta de terceros y personas físicas con actividad empresarial que importen mercancías.
Es importante aclarar que la MVE la firma el importador, no el agente aduanal. El agente aduanal puede preparar la información, pero la responsabilidad legal de la declaración de valor recae en el importador, quien debe firmar con su e.firma (FIEL).
La MVE se presenta en el Formato E2 establecido en el Anexo 1 de las RGCE 2025. Este formato incluye la identificación del importador, datos del proveedor, descripción de la mercancía, valor de transacción, incrementables (Art. 65 LA), decrementables (Art. 66 LA) y el método de valoración utilizado.
Para transmitir la MVE a la VUCEM necesitas tres elementos: tu e.firma vigente (certificado .cer y llave privada .key), acceso a la VUCEM o a un sistema compatible con su web service SOAP, y la información comercial y aduanera de la operación.
La VUCEM recibe la MVE firmada electrónicamente y devuelve un número MNVA (Número de Manifestación de Valor). Este número se vincula al pedimento y es indispensable para que el agente aduanal pueda despachar la mercancía.
Es fundamental no confundir la MVE con el COVE (Comprobante de Valor Electrónico). El COVE es el documento que ampara el valor de la mercancía y lo firma el agente aduanal con su sello digital VUCEM. La MVE es la declaración de valor que firma el importador con su e.firma.
Ambos documentos son complementarios: el agente aduanal genera el COVE a partir de la factura comercial, y el importador genera la MVE declarando el valor en aduana incluyendo incrementables y decrementables. El pedimento necesita ambos números (COVE + MNVA).
Sin la MVE, el agente aduanal no podrá transmitir el pedimento. Esto significa que la mercancía no se despachará. Además, presentar una MVE con información incorrecta puede generar multas de entre $4,000 y $7,000 MXN por documento, y en casos graves, un Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA) que podría resultar en el embargo de la mercancía.
Declarar un valor incorrecto en la MVE no solo genera multas: puede ser considerado contrabando técnico bajo el Art. 151 fracción VII de la Ley Aduanera.
Camtom es una plataforma que automatiza la generación de la MVE a partir de tu factura comercial. El sistema identifica los incrementables, calcula el valor en aduana, genera el Formato E2 y lo transmite a la VUCEM con tu e.firma. Todo el proceso que manualmente toma horas se completa en minutos.
Con Camtom, los importadores pueden generar MVEs sin ser expertos en valoración aduanera. La plataforma guía paso a paso, valida la información antes de transmitir y mantiene un historial completo para auditorías del SAT.
Equipo Camtom
Equipo Editorial
Descubre por qué más de 100 agencias ya operan con nosotros.