Toda importación definitiva a México genera un conjunto de contribuciones que el importador debe cubrir antes del despacho aduanero. Las principales son: el Impuesto General de Importación (IGI), el Derecho de Trámite Aduanero (DTA) y el Impuesto al Valor Agregado (IVA). Dependiendo del producto, pueden sumarse cuotas compensatorias, el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) y derechos de prevalidación.
El valor en aduana es la base sobre la cual se calculan todas las contribuciones. En México, el método principal de valoración es el valor de transacción: el precio efectivamente pagado o por pagar por las mercancías, ajustado por comisiones, embalajes, asistencias técnicas y regalías, y sumando los gastos de flete y seguro hasta el punto de entrada a territorio nacional. Si importas en términos CIF (Costo, Seguro y Flete), el valor CIF es generalmente tu valor en aduana. Si importas FOB, debes sumar el flete internacional y el seguro.
El Impuesto General de Importación se calcula aplicando la tasa arancelaria de la TIGIE al valor en aduana. La tasa depende de la fracción arancelaria del producto y puede ser ad valórem (porcentaje del valor), específica (monto fijo por unidad) o mixta. Por ejemplo, si el valor en aduana es $500,000 MXN y la tasa de IGI es 15%, el IGI sería $75,000 MXN. Si el producto tiene un tratado de libre comercio aplicable (como el T-MEC), la tasa puede reducirse a 0%.
Si aplican cuotas compensatorias (antidumping), estas se calculan sobre el valor en aduana de la misma forma que el IGI y se suman antes de calcular el IVA. Las cuotas compensatorias vigentes están publicadas en el Diario Oficial de la Federación.
El Derecho de Trámite Aduanero para importaciones definitivas se calcula al 8 al millar (0.8%) del valor en aduana. Para importaciones temporales de empresas IMMEX, la tasa es fija (actualmente $353 MXN por pedimento aproximadamente, ajustable periódicamente). El DTA se paga por cada pedimento tramitado, no por partida. Si tu valor en aduana es $500,000 MXN, el DTA sería $4,000 MXN.
El IVA de importación se calcula al 16% sobre la suma del valor en aduana, más el IGI, más el DTA, más las cuotas compensatorias (si aplican). Siguiendo nuestro ejemplo: Valor en aduana ($500,000) + IGI ($75,000) + DTA ($4,000) = $579,000 MXN. El IVA sería $579,000 × 16% = $92,640 MXN. El total de contribuciones del pedimento sería $75,000 + $4,000 + $92,640 = $171,640 MXN.
TariffPro muestra la tasa de IGI junto a cada fracción arancelaria, y puedes usar esta información para estimar los impuestos totales antes de importar. Para un cálculo completo automatizado, el módulo TIM de Camtom genera la liquidación de contribuciones directamente en el pedimento.
Existen formas legales de reducir la carga fiscal de una importación: aplicar preferencias arancelarias de tratados de libre comercio (T-MEC, TLCUE, etc.), importar temporalmente bajo programa IMMEX, utilizar programas de devolución de impuestos (drawback), o clasificar correctamente la mercancía para asegurar que no se aplica una tasa superior a la que corresponde. La clasificación precisa es la herramienta más directa — una fracción incorrecta puede significar pagar 15% de arancel en lugar del 5% que realmente aplica.
Equipo Camtom
Equipo Editorial
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