Capítulo 93
El capítulo 93 cubre armas de fuego, armas blancas, armas de aire comprimido, municiones, partes y accesorios de armas. México tiene las regulaciones de armas más estrictas de América Latina. Solo la SEDENA puede autorizar la importación de armas y municiones a través de una única tienda oficial (DCAM).
0–15%
Las tasas reales dependen de la fracción arancelaria específica, el país de origen y los tratados comerciales aplicables (T-MEC, TLCUEM, CPTPP, etc.).
TODA importación de armas requiere autorización de la SEDENA. Solo se pueden comprar armas legalmente en la DCAM (Dirección de Comercialización de Armamento y Municiones). Las armas de aire comprimido de baja potencia tienen regulaciones menores. Las municiones requieren permisos especiales. La portación de armas requiere licencia de la SEDENA.