Capítulo 20
El capítulo 20 comprende preparaciones de hortalizas, frutas y frutos, incluidas conservas, jugos concentrados, mermeladas, frutas en almíbar, hortalizas congeladas y encurtidos. México importa frutas en conserva, jugos concentrados y vegetales congelados. Todos los productos deben cumplir con normas de etiquetado y llevar sellos de advertencia nutricional.
0–20%
Las tasas reales dependen de la fracción arancelaria específica, el país de origen y los tratados comerciales aplicables (T-MEC, TLCUEM, CPTPP, etc.).
Los productos envasados herméticamente deben cumplir con NOM-130-SSA1 sobre esterilización comercial. Todos requieren etiquetado conforme a NOM-051-SCFI con sellos de advertencia. Las mermeladas y conservas de frutas deben declarar porcentaje de fruta. Los vegetales congelados requieren cadena de frío documentada.