Capítulo 07
El capítulo 07 cubre legumbres, hortalizas, raíces y tubérculos alimenticios, frescos, refrigerados, congelados o secos. México importa cantidades considerables de papa, ajo, cebolla, frijol y legumbres. Los productos frescos requieren certificación fitosanitaria y muchos están sujetos a regulaciones estacionales y cuotas de importación para proteger la producción nacional.
0–20%
Las tasas reales dependen de la fracción arancelaria específica, el país de origen y los tratados comerciales aplicables (T-MEC, TLCUEM, CPTPP, etc.).
Las hortalizas frescas requieren certificado fitosanitario y están sujetas a inspección en aduana. Muchos productos tienen temporadas de importación restringidas. La papa fresca tiene restricciones especiales por riesgo de plagas como el escarabajo de la papa.