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03

Capítulo 03

Pescados, crustáceos y moluscos

El capítulo 03 comprende pescados, crustáceos, moluscos y otros invertebrados acuáticos, tanto vivos como frescos, refrigerados o congelados. México importa volúmenes significativos de salmón, bacalao, camarón y atún. Las importaciones requieren permisos de CONAPESCA y certificados sanitarios. Los productos acuícolas tienen regulaciones específicas adicionales.

Productos principales

Salmón congelado
Camarón
Atún fresco
Bacalao
Tilapia
Calamar y pulpo
Langosta

Partidas arancelarias comunes

03010302030303060307

Rango arancelario promedio

0–20%

Las tasas reales dependen de la fracción arancelaria específica, el país de origen y los tratados comerciales aplicables (T-MEC, TLCUEM, CPTPP, etc.).

Regulaciones aplicables (NOMs)

  • NOM-028-SSA1 — Productos de la pesca
  • NOM-029-PESC — Pesca de tiburón
  • NOM-242-SSA1 — Productos de la pesca frescos y procesados

Notas y consejos de importación

Se requiere permiso de CONAPESCA para ciertas especies. Los productos deben cumplir con la NOM-242-SSA1 de calidad sanitaria. Especies en peligro requieren permiso CITES. Las importaciones de camarón de ciertos orígenes requieren certificado de captura sustentable.

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