El agente aduanal es la persona física autorizada por el SAT mediante una patente para promover por cuenta ajena el despacho de mercancías. Es el intermediario legal obligatorio entre el importador/exportador y la aduana mexicana para operaciones con valor superior a $5,000 USD (aproximadamente).
La patente es personal e intransferible. Cada agente aduanal puede operar en una o varias aduanas del país. Los agentes se agrupan en agencias aduanales, que son las empresas que brindan el servicio completo de despacho.
Los honorarios varían según el tipo de operación, valor de la mercancía, aduana, y volumen. Rangos típicos:
El agente aduanal tiene responsabilidad solidaria con el importador. Esto significa que si hay irregularidades en la operación (subvaluación, clasificación incorrecta, documentación falsa), tanto el importador como el agente aduanal responden ante la autoridad. Esta responsabilidad está establecida en el Art. 54 de la Ley Aduanera.
Con la MVE obligatoria desde junio 2026, la relación entre agente aduanal e importador cambia. El agente prepara la información y transmite el COVE, pero la MVE la firma el importador con su e.firma. Herramientas como Camtom facilitan este flujo: el agente prepara la MVE, y el importador la firma desde un link (magic-link) sin necesidad de crear cuenta.
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